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AMLO: Se analiza eliminar el artículo 33 constitucional

AMLO señaló que el artículo 33 constitucional data desde la Constitución de 1857 y ya es otra realidad la que vive México.

By colectivo , in México , at septiembre 23, 2021

El presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) afirmó que su gobierno analizará la posible eliminación del artículo 33 constitucional.

En su conferencia mañanera de este 23 de septiembre, AMLO señaló que el artículo 33 constitucional data desde la Constitución de 1857 y ya es otra realidad la que vive México.

En este sentido, el presidente AMLO indicó que el artículo 33 se ha usado como medida represiva en gobiernos pasados.

En tanto, afirmó que durante su administración no ha sido utilizado ni será empleado.

Es buena la propuesta, habría que analizarla, porque es un artículo que está, si no me equivoco, desde la Constitución de 1857 y ya es otra realidad del país. Se ha usado como medida represiva en otros gobiernos. Nosotros nunca lo hemos aplicado y no lo vamos a aplicar”

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Aquí pueden venir extranjeros y manifestarse con absoluta libertad”, agregó.

El presidente sostuvo que analizará la posibilidad de quitar o reformar el artículo 33, dado que su gobierno no tiene propósitos autoritarios ni de censura a nadie.

Queremos garantizar las libertades plenas a todos”, dijo.

Además es muy bueno el debate, por eso, lo mejor que hay como sistema político es la democracia. Está demostrado… o lo menos malo, como dicen los escépticos”

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AMLO aseveró que informará al secretario de Gobernación, Adán Augusto López, para que se analice la eliminación del artículo 33, porque son otros tiempos”.

Hace unas semanas, AMLO había comentado que en su administración no se aplica el artículo 33 constitucional.

Esto luego de la visita de Santiago Abascal, líder del partido español de ultraderecha Vox, y su reunión con miembros del PAN y del PRI.

En aquella ocasión, AMLO aseveró que todos aquellos opositores extranjeros, incluso profascistas, pueden venir a México cuando quieran, pues están abiertas las puertas de nuestro país”.

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Artículo 33.- Son personas extranjeras las que no posean las calidades determinadas en el artículo 30 constitucional y gozarán de los derechos humanos y garantías que reconoce esta Constitución.

El Ejecutivo de la Unión, previa audiencia, podrá expulsar del territorio nacional a personas extranjeras con fundamento en la ley, la cual regulará el procedimiento administrativo, así como el lugar y tiempo que dure la detención.

Los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país.

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